Hola

PiuraNotas2014

Buscar Notas

martes, 17 de enero de 2017

MATRICULA ESCOLAR-INFÓRMATE AQUÍ PARA QUE NO SEAS ENGAÑADO (VIDEO)

Todos Con Punche Al Cole La cuota ordinaria de la Asociación de Padres de Familia (APAFA) no debe exceder el 1.5% de la UIT vigente al año en el que la asamblea general fijó dicho monto.

Te brindamos tres consejos que debes tener en cuenta antes de matricular a tu hijo o hija en la escuela.




Todos con Punche al Cole 2017: APAFA
Te recordamos que la matrícula escolar no está condicionada al pago de APAFA, textos escolares u otros.



ESCUELAS PÚBLICAS

PADRES Y MADRES DE FAMILIA, ANTES DE LA MATRÍCULA...
RECUERDEN LO SIGUIENTE:


  1. Tu hijo debe tener la edad correspondiente al grado en el que se va a matricular hasta el 31 DE MARZO
  2. Es importante llevar la partida de nacimiento, DNI o pasaporte de tu hijo o hija.
  3. Presenten su DNI o pasaporte almomento de la matrícula.
  4. La presentación de estos documentos es obligatoria, pero no impide la matrícula. De no contar con alguno, se les otorgará el plazo de 30 días calendario posteriores al inicio del año escolar para que regularicen su presentación.
QUIZA TE INTERESE ESTA INFORMACIÓN COMO ENCONTRAR EL COLEGIO QUE MÁS SE ADECÚA A TU HIJO(A) CLIC AQUÍ

¡MUCHA ATENCIÓN!


  • En todas las II.EE. públicas, la matrícula es gratuita y no se condiciona al pago de cuotas ordinarias o aportes extraordinarios de la APAFA, compra de paquetes escolares, donaciones y otros.
  • La matrícula para los estudiantes antiguos es automática. Sin embargo, se deben actualizar sus datos según el cronograma establecido por la IE.
  • Los textos escolares y cuadernos de trabajo son gratuitos.
  • Está prohibida la evaluación de ingreso para los alumnos de inicial y primer grado de primaria.
  • Exijan la constancia de matrícula del SIAGIE, así aseguran que el proceso se realizó con éxito.


PREGUNTAS FRECUENTES-ESCUELAS PÚBLICAS

¿La matrícula escolar está condicionada a algún tipo de pago?

La matrícula escolar es gratuita, no se condiciona al pago de cuotas ordinarias o aportes extraordinarios de la APAFA, vacantes, compra de textos escolares, cuaderno de control, uniforme escolar, donaciones u otros pagos, bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del director de la IE pública.
Responsabilidad administrativa: el condicionamiento de matrícula se tipifica como falta muy grave de acuerdo a lo indicado en el artículo 49 de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial: “(…) causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de los estudiantes (…)”.
Responsabilidad penal: el condicionamiento de matrícula escolar se considerará como delito de abuso de autoridad consignado en el artículo 376 del Código Penal Peruano.

Responsabilidad civil: cuando la conducta en la que se incurre causa, por acción u omisión, un perjuicio económicamente cuantificable. La responsabilidad civil se materializa a través de reparaciones económicas estipuladas por el juez.

¿Cuáles son los requisitos para matricular a mi hijo?


Partida de nacimiento, DNI o pasaporte del estudiante. La falta de estos documentos no impide la matrícula. Puedes regularizarlos en un plazo de 30 días calendario posteriores al inicio del año escolar. Y recuerda portar tu documento de identidad al momento de matricular a tu hijo o hija.

¿Tengo que hacer ratificación de matrícula si mi hijo es estudiante antiguo?

La matrícula es automática para los estudiantes antiguos, pero recuerda que, conforme al cronograma establecido, debes acercarte a la institución educativa para actualizar los datos de tu hijo o hija (domicilio, teléfono, variación en el estatus familiar en caso hubiera acuerdo o modificación en la tenencia o régimen de visita, entre otros solicitados por la institución educativa).

¿Cuándo un niño recibe el código de matrícula?

El código de matrícula es generado por la institución educativa en la cual el menor inicia su escolaridad en el sistema educativo peruano, sea en el nivel inicial o en primer grado de primaria. Este código quedará consignado hasta el término de la escolaridad (5.° de secundaria) en la ficha única de matrícula, la cual se genera mediante el Sistema de Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa (SIAGIE).

¿Con cuánto tiempo debe publicarse el número de vacantes en las II.EE. públicas?

El director de la IE pública debe publicarlo treinta (30) días antes del inicio del proceso de matrícula en un lugar visible del local escolar y, opcionalmente, en la página web de la IE, consignando las fechas de inicio y fin del proceso de matrícula, así como el número de vacantes por cada grado, sección y turno, incluidas las destinadas para los estudiantes con necesidades educativas especiales. Asimismo, deberá publicar la relación de profesores nombrados para el año lectivo.
Importante:
Criterios de priorización para el otorgamiento de vacantes
Contar con hermanos(as) matriculados(as) en la IE y que los padres hayan demostrado responsabilidad y participación en la educación de sus hijos.
Residencia en la zona de ubicación de la IE (aplicable solo para IE públicas).
Coincidencia declarada o demostrable con la línea axiológica de la IE.


¿En las II.EE. públicas es obligatorio el uso del uniforme escolar?

El uso del uniforme escolar no es obligatorio. En caso el padre o madre de familia opte por que su hijo o hija utilice uniforme escolar, podrá adquirirlo en el lugar de su elección.

¿Es obligatoria la adquisición de textos escolares en las II.EE. públicas?

No es obligatoria. Solamente se utilizarán los textos escolares y cuadernos de trabajo que de manera gratuita distribuye el Ministerio de Educación, desde el nivel inicial.

¿Por qué se establece una edad cronológica  para la matrícula  escolar en educación inicial y primer grado de primaria?

El Ministerio de Educación establece que la matrícula escolar en educación inicial y primer grado de primaria depende de la edad cronológica al 31 de marzo debido a que es el mes en el que se da inicio al año escolar. Esto permite que los niños ingresen al año o grado escolar con la madurez y el desarrollo físico y emocional requeridos para lograr aprendizajes en las mejores condiciones.

¿Es obligatorio que mi hijo pase por una evaluación para ingresar al nivel inicial?

Dicho procedimiento no es obligatorio porque es innecesario, ya que los niños están en pleno proceso de desarrollo físico, emocional y cognitivo, procesos que se presentan a lo largo de la educación inicial y que terminan de consolidarse recién en el primer grado.

¿Cuántas vacantes deben considerar las II.EE. públicas, en los niveles y grados de Educación Básica Regular (EBR), para la inclusión de estudiantes?

Para la inclusión de estudiantes con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad leve o moderada durante el periodo de matrícula, se debe considerar al menos dos (2) vacantes por aula. Luego de este periodo podrán ser cubiertas por estudiantes regulares.

De tratarse de un estudiante con discapacidad, ¿qué requisitos debo presentar al momento de la matrícula?

El padre o la madre de familia o tutor legal deberá presentar el certificado de discapacidad otorgado por un médico facultado para ello, documento que debe estar registrado en cualquier establecimiento de salud, público o privado, a nivel nacional. Asimismo, el director gestionará una evaluación psicopedagógica con el equipo SAANEE del CEBE más cercano. Con los resultados de la evaluación, el padre o la madre de familia o tutor legal deberá presentar los requisitos regulares establecidos para la matrícula.

¿Es obligatorio el pago de la APAFA en las II.EE. públicas?

En caso el padre de familia desee afiliarse a la APAFA, el monto de la cuota ordinaria anual es de 1,5% de la UIT vigente al momento de realizar la asamblea general. Si la asamblea general se llevó a cabo en el año 2016, dicha cuota no debe exceder los S/59,25. Si se efectuó en el año 2017, la cuota será como máximo de S/60,70.
Asimismo, recuerda que la afiliación a la APAFA es voluntaria.

¿Es legal el pago de la APAFA?

Sí, porque la cuota de la APAFA se encuentra contemplada en la Ley N.° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las instituciones educativas públicas.

En caso de condicionamiento de matrícula de mi hijo o hija en una institución pública, ¿qué debo hacer?
Para las regiones:
Llama a la línea gratuita 0-800-12344 a nivel nacional, o acércate a la UGEL a la cual pertenece la IE y absuelve tus consultas.

Para Lima Metropolitana:
Además de llamar a la línea gratuita, acércate a las oficinas de la Defensoría del Usuario, implementadas en el Ministerio de Educación, la Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y en sus siete UGEL, a efectos de resolver cualquier situación que presuntamente vulnere el derecho a la educación de los estudiantes.


PADRES Y MADRES DE FAMILIA, ANTES DE LA MATRÍCULA...
RECUERDEN LO SIGUIENTE:

  1. Asegúrense de que el colegio que elijan cuente con las autorizaciones de funcionamiento pertinentes, para ello pueden hacer la consulta en cualquiera de nuestras plataformas de ayuda.

  2. Infórmense sobre sus deberes y derechos, así como los de sus hijos.
  3. Soliciten al colegio el reglamento interno y su propuesta pedagógica.
  4. Soliciten información precisa sobre el monto de las pensiones, fechas de pago y posibles aumentos.

¡MUCHA ATENCIÓN!



  • Los cobros autorizados son los siguientes: 1) cuota única de ingreso, 2) derecho de matrícula y 3) pensión de enseñanza. Si les exigen otro pago, asegúrense de que esté aprobado por la DRE o UGEL.



  • La matrícula no está condicionada al pago de las cuotas que establece la APAFA.



  • Pueden comprar los útiles, textos y uniformes escolares en el establecimiento que elijan.
PREGUNTAS FRECUENTES-




¿Qué pagos debo hacer al momento de matricular a mi hijo?

Solo debes pagar la cuota única de ingreso, el derecho de matrícula y la pensión de enseñanza. Si te exigen otro pago, asegúrate de que esté aprobado por la DRE o UGEL. Y recuerda que la matrícula no está condicionada al pago de las cuotas que establece la APAFA, además, puedes comprar los útiles, textos y uniformes escolares en el establecimiento que elijas.

¿Qué derechos tengo al momento de matricular a mi hijo?

Tienes el derecho de recibir información fidedigna y oportuna sobre el cronograma de matrícula y pensiones, las condiciones pedagógicas, institucionales y financieras a las que se ajusta el servicio educativo durante el año escolar.

¿Es legal que las II.EE. privadas incrementen el pago en las matrículas escolares?

Cada IE privada tiene la opción de elevar las pensiones de acuerdo a la oferta y demanda del mercado, siempre y cuando lo comunique a los padres y madres de familia al finalizar el año escolar y antes de iniciar el siguiente proceso de matrícula.

¿Cuál es el monto máximo por el pago de la cuota de matrícula escolar?

La cuota por matrícula escolar en las II.EE. privadas no debe superar el monto de la pensión de enseñanza.

QUIZÁ TE INTERESE ESTA INFORMACIÓN: COMO ENCONTRAR EL COLEGIO QUE MÁS SE ADECÚA A TU HIJO(A) CLIC AQUÍ

No hay comentarios:

Publicar un comentario