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martes, 10 de enero de 2017

Osiptel confirmó multa por más de un millón de soles a Telefónica del Perú

Durante mucho tiempo solo se podía tener internet solo con una linea fija de teléfono, sin embargo en la actualidad hay otras empresas que solo te venden el internet sin atarte a otro servicio.

El ente regulador certificó que la empresa vendía paquetes ‘Dúos’ de internet ADSL y telefonía fija a precios menores al servicio individual de internet.


Osiptel finalmente confirmó la sanción impuesta a la empresa operadora Telefónica del Perú por S/ 1’215.000 (300 UITs), de acuerdo a la resolución publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano.

Esto, por incumplir con las disposiciones que prohíben vender Internet ADSL condicionado a la adquisición de una línea de telefonía fija (en los llamados ‘paquetes Dúos’ o ‘Tríos’). O, en otras palabras, por no ofrecer el servicio de Internet de manera individual.

El ente regulador certificó que en la oferta de Telefónica existían algunas velocidades de internet ADSL que solo se ofrecían ‘atadas’ al contrato el servicio de telefonía fija (Dúos), pese a que se ordenó el desempaquetamiento en todas las modalidades de este servicio.

Además, las fiscalizaciones realizadas por el Osiptel revelaron que la empresa vendió paquetes ‘Dúos’ internet ADSL y telefonía fija, a precios menores al servicio individual de internet.

El Tribunal de Solución de Controversias consideró que dichas conductas incentivaron de forma artificial y anticompetitiva, la contratación del servicio de acceso a internet vinculado al de telefonía fija.

Además, el ente regulador constató que los asesores de venta de Telefónica no informaban adecuadamente a los usuarios, ya que negaban la posibilidad de contratar el servicio de internet ADSL de manera individual.

Voceros de Telefónica del Perú indicaron a Perú21 vía correo electrónico que la empresa por el momento no brindará declaraciones sobre la multa.

Pero eso no es todo

El Diario Oficial El Peruano también confirmó este lunes que Telefónica del Perú “no ha cumplido con efectuar las devoluciones correspondiente a sus abonados a las interrupciones del año 2010, reportadas mediante 637 tickets”, por lo que la empresa será multada con 101 UIT.
Según el documento, la multa tendrá que ser cancelada íntegramente dentro del plazo de 15 días a partir del día siguiente de notificada la sanción para obtener el beneficio de pago reducido del 35% de su monto total.

Respecto a esta multa, voceros de Telefónica precisaron que se debió a que la empresa no entregó dentro del plazo otorgado la información sobre las devoluciones por las interrupciones en el servicio de telefonía móvil del 2010.

Aseguraron que ya iniciaron el proceso para compensar a sus clientes por las interrupciones en este servicio.


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