Esta reprogramación debe ser comunicada oficialmente al Ministerio de Educación a más tardar el 31 de enero del 2015, indica el documento "Normas y Orientaciones para el Año Escolar 2015 en la Educación Básica".
El lunes 9 de marzo comenzará el Año Escolar 2015 en todos los colegios públicos del país, de acuerdo a las normas aprobadas por el Ministerio de Educación.
Sin embargo, las direcciones regionales de Educación
pueden determinar una fecha distinta de inicio de acuerdo a las
características geográficas, climatológicas, económico-productivas y
socio-culturales de su territorio.
Respecto a las instituciones educativas privadas el
inicio de las clases se hará de acuerdo al reglamento interno de cada
entidad.
Empero, se establece que en las instituciones educativas
y Programas No Escolarizados del sector público, los profesores
nombrados y contratados deberán concurrir obligatoriamente desde el
lunes 2 de marzo con la finalidad de revisar y ajustar el Plan Anual de
Trabajo antes del inicio de las clases.
En cuanto a las listas de útiles, la normativa indica
que la lista de útiles deberá ser pertinente con las características de
desarrollo de los estudiantes y que la entrega de estas no es condición
para la asistencia del estudiante a la institución educativa o programa.
Es importante señalar que el Ministerio de Educación
también ha dispuesto que no debe exponer a los niños y niñas a marchas o
desfiles, concursos, olimpiadas deportivas, celebraciones patronales o
similares, ni a fiestas de promoción que no estén acordes con sus
necesidades e intereses y que generen gastos en la economía familiar.
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